sábado, 25 de julio de 2015

Los Derechos de Autor

En multitud de ocasiones oímos hablar de lo que vienen a ser los "Derechos de Autor" y también sobre las sanciones que conlleva no respetarlos ya que es delito por ejemplo hacer una copia de una película o serie en CD y subirla a la red de tal manera que los usuarios de cualquier página web puedan verla de forma totalmente gratuita, estando así dicha obra disponible para todo el mundo (como esa gente que se descarga en casa las temporadas completas de Juego de Tronos, vamos, imperdonable). Esto en principio parece bueno, todos queremos que el arte esté al alcance de cualquier persona independientemente de su nivel económico o social pero... ¿Por qué entonces nuestro gobierno lucha tan encarnizadamente por la defensa de los Derechos de Autor?

Para responder a esta pregunta comencemos por donde se suele empezar, el principio. En primer lugar hemos de ser conscientes de que se define autor como toda persona física que crea una obra literaria y artística, lo cual descarta a muchos que circulan por ahí en mi opinión, sabiendo que una obra es toda creación original que no puede ser copiada por cualquier medio o forma. También hay que definir "Derechos de Autor" que son un reconocimiento otorgado por el Estado a todo autor con lo que pasa a disfrutar de dos tipos  de derechos: derechos de tipo personal (morales) y patrimonial (económicos).

Los derechos de tipo personal o moral obligan a que el autor sea reconocido como tal, a que el mismo decida cuando quiere divulgar su obra sin que sea ésta modificada en aspecto alguno, entre otros. A este derecho se le aplican una serie de adjetivos entre los que se acomoda: inalienable (que no se puede vender, donar o ceder), imprescindible, irrenunciable e inembargable (esto es, que no se puede retener como pago de deuda). Por otro lado, los derechos de tipo patrimonial o económico residen en la facultad que tiene el autor para explotar su obra y además permitir o denegar que un tercero la explote dentro de los marcos legales. Este derecho si que es transmisible pero ha de ser por escrito de forma temporal y onerosa (es decir, de tal manera que en ningún momento aquél que recibe este derecho lo utilice a modo de lucro). La vigencia que tienen los derechos de autor se extiende a lo largo de la vida de éste y 100 años más, es decir, que siguiendo esta premisa suponemos que por ejemplo los derechos de autor del Quijote no habrían vencido hasta el año 1716. Por cierto, como curiosidad la Unseco declaró el día de los Derechos de Autor y el del libro 23 de abril debido a que éste es el día en que fallecieron Cervantes y Shakespeare. Para terminar sólo queda determinar que tipo de obras quedan amparadas bajo estos derechos y son según el propio gobierno: literarias, musicales con o sin letra, dramáticas, danza, pictóricas o de dibujo, escultóricas y de carácter plástico, caricatura e historieta, arquitectónicas, cinematográficas y audiovisuales, programas de radio y TV, programas de cómputo, fotográficas, obras de arte aplicado (incluyen diseño gráfico o textil), obras de compilación y as demás que por analogía se puedan se puedan incluir en la rama más afín a su naturaleza. Citando como digo, palabras del gobierno.   

Dada la mayor parte de la información en referencia al tema, ¿Cual es la sanción en caso de saltarse los Derechos de Autor? En el caso de España con la ley propuesta y aprobada con la mayoría absoluta del Partido Popular las sanciones van de los 150.000 a los 600.000 euros de multa dividiéndose éstas en tres apartados: leves, graves y muy graves y aplicándose tanto a consumidores como distribuidores. Ha entrado en vigor el 1 de enero de 2015 doblando las sanciones ya existentes y se afirma que el 5 de noviembre de 2015 entran dos apartados que permiten que los profesores puedan distribuir y reproducir pequeños fragmentos de obras.

Curiosamente, en nuestro texto reflejo de la magnificencia de la democracia (ya sabes, ése que todo el mundo se salta) la constitución viene indicado que todos tenemos derecho a disfrutar de la cultura pero por otro lado existen libros nuevos que cuestan por ejemplo 22,50€ (así encontré yo en su día un ejemplar de Hombres Buenos de Arturo Pérez-Reverte) o más incluso, pequeño lujo que a lo mejor en estos tiempos de crisis todo el mundo no puede permitirse quedando en consecuencia tres opciones: esperar una edición de bolsillo que tal vez nunca llegue, pedirlo prestado en una biblioteca o descargarlo de forma ilegal por internet. Si tenemos suerte de que sacan una edición de bolsillo mucho más asequible la compraremos, en caso de agotar esta alternativa nos quedan evidentemente las dos restantes. Biblioteca o internet. Desde un punto de vista económico veamos ambas opciones.

Las bibliotecas compran una serie de ejemplares y los tienen en sus estanterías para que todo el mundo pueda acceder a ellos pero puede darse el caso de que no lleguen porque no es que la inversión en bibliotecas de este país esté por las nubes. Por tanto, los beneficiaros de las ventas han perdido parte de las mismas porque muchos usuarios de las bibliotecas no compran un libro si lo pueden leer de forma gratuita. Ahora centrémonos en internet. En la era de la información y la comunicación es común tener acceso a internet desde el cual podemos descargar películas, series, libros, música... etc, esto viola los derechos de autor según la ley y ha hecho decaer las ventas y por tanto el gobierno pierde miles de millones al año a causa de la piratería. Por contra ha incrementado la popularidad de los autores y también la libertad a la hora de acceder a un libro de alto coste económico debido a que el nivel de renta per capita de los españoles ha bajado considerablemente. Por tanto, he aquí el dilema. ¿Abrir el arte a todo el mundo a costa de los autores y sus colaboradores? ¿Restringir el arte a aquellos que puedan pagarlo? En ti queda la semilla de la duda y tú verás dada ya la información por qué lado te decantarías.

Para terminar, respondo a la pregunta planteada inicialmente. Puede que nuestro gobierno luche contra la piratería y el juego/trampa que supone el dominio público (que consiste en que una obra puede ser descargada por internet ya que como las propias palabras indican el dominio es de todos) porque es un gran interesado en la grandiosidad de la cultura española y en los hombres y mujeres que la engrandecen con sus obras a lo largo de la historia. Aunque esto es un poco raro ya que sus recortes en cultura han acabado prácticamente con el sector. Para dar con la respuesta aportemos más datos: la industria cultural pierde cada mes 1.000 millones de euros a causa de la piratería y de esta cantidad el gobierno deja de recaudar el 21% de cada artículo (si hacemos el 21% de 1.000 millones para dar una cifra aproximada obtenemos un total de 210.000.000€ que el Estado deja de recaudar), España fue amenazada por la IIPA (Alianza Internacional de la Propiedad Intelectual) de ser incluida en la lista negra de piratería (lo cual explica las medidas del gobierno), España es el país de la Unión Euorpea en el que más descargas ilegales se realizan, nuestra Constitución no está para nada adaptada al uso de las nuevas tecnologías por tanto mucho menos de la piratería informática y otro dato muy importante: nuestras políticas de cultura nos alejan 10 puntos de la media de la Unión Europea en acceso a libros o internet. En definitiva, no es por amor a la cultura sino por el romance interminable del avaro con su dinero pues sino no se explica el desastre cultural que hay en España cuando tenemos una de las historias más florecientes de Europa sino la que más, plagada de genios que siguieron luchando en el pasado por lo que creían pese a las presiones de gobernantes de la misma mentalidad que nuestros actuales gestores.

En fin... espero que se me pase el enfado pronto querido lector. ¡Nos leemos!


Tumblr

No hay comentarios:

Publicar un comentario